Cuanto me paga la tómbola en uruguay

Lo que puedes ganar en la Tómbola.

Cuanto me paga la tómbola en Uruguay, los valores que se pueden ganar jugando a la tómbola en Uruguay. Los pagos son en cualquier agencia de el territorio.

Estos son los porcentajes, que esta pagando en la actualidad la banca nacional de lotería y aciertos en Uruguay.

Pero en realidad, Cuanto me paga la tómbola en Uruguay.

Tabla de aciertos a la Tómbola
en Pesos Uruguayos: 

tabal de pagos para la tombola

Si Juegas 3 números acertando 3 números te Paga 60 Veces lo apostado.

Jugando 4 números acertando 3 números te Paga 9 Veces lo apostado.

Al apostar 4 números acertando 4 números te Paga 180 Veces lo apostado.

Cuando apuestas 5 números acertando 3 números te Paga 3 Veces lo apostado.

De estos apostado 5 números acertando 4 números te Paga 24 Veces lo apostado.

Tu jugada de 5 números acertando 5 números te Paga 900 Veces lo apostado.

Cada 6 números acertando 3 números te Paga 1,5 Veces lo apostado.

Cuando apuestas 6 números acertando 4 números te Paga 9 Veces lo apostado.

Por 6 números acertando 5 números te Paga 90 Veces lo apostado.

Ingresa 6 números y acertando 6 números te Paga 3.600 Veces lo apostado.

Si tu apuestas 7 números acertando 3 números te Paga 1 Veces lo apostado.

Cuando uno apuesta 7 números, acertando 4 números te Paga 3 Veces lo apostado

Jugando 7 números acertando 5 números te Paga 30 Veces lo apostado.

Jugando 7 números acertando 6 números te Paga 600 Veces lo apostado.

Apuestas 7 números, acertando 7 números te Paga 12.000 Veces lo apostado.

Ejemplo :

Lo que puedes ganar en la Tómbola.

Apostas 7 números por $30 y aciertas 7 números Ganas 12.000 veces el monto apostado.

Veamos la relación si paga 12.000 x $30 = $360.000.

estas son las cifras que puedes cobrar al apostar en la tómbola Uruguaya y las cifras.

Cuanto me paga la tómbola en uruguay.

También puedes ver como paga el 5 de oro

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Coronavirus Covid 19 teléfonos útiles.

Teléfonos para ayudar.

Coronavirus, Covid 19 teléfonos útiles.

Información ASSE.

Presentamos en este articulo, algunos teléfonos que serán útiles dada la situación actual.

Dicha situación, nos esta haciendo pasar un momento historico y grave.

Este virus conocido mundial mente como covid 19. Nos pondrá a prueba a todos los ciudadanos de este país.

El estado uruguayo, presento una serie de medidas para apoyar a los más necesitados, en esta emergencia sanitaria.

Coronavirus Covid 19 teléfonos útiles.

La linea BPS: consulta prestaciones económicas: 0800 0277.

Prevención. Linea Vida, Prevención del suicidio ASSE: 0800 0767.

Violencia de genero: linea. Violencia basada en genero: 0800 4141.

Teléfono de urgencia. Para situación de emergencia 911.

En la linea Azul. Maltrato hacia niños, niñas y adolescentes: 0800 5050.

Adultos mayores, linea de atención a adultos mayores en situación de abuso o maltrato : 2400 0302 Int 5609.

Intendencia. Estamos contigo, IM denuncias de problemáticas de la población LGBT+) 093 890653 Lunes a Viernes de 12 a 16.

Defensa al consumidor. Con este numero, podrá realizar denuncias de exceso de precios, tel 0800 7505, de lunes a viernes en horario de 9,30 a 16.

Linea Mides, esta linea es para solicitar canastas, o ayuda estatal: 0800 7263.

Acción de gobierno.

El estado, estas regulando a través de perillas.

Económicas, sanitarias y sociales, como mejorar la nueva normalidad.

Ya se tomaron, medidas relacionadas a descuentos para empleados estatales que ganen más de 120 pesos.

Dar el doble, sobre asignaciones familiares. Otras acciones sociales que iremos contando a medida que surgen.

Mas información en este sitio web de montevideo Urbano

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Dónde vacunarse en Montevideo y Canelones

Dónde vacunarse en Montevideo y Canelones, llego la vacuna que se estaba esperando para completar la vacunación nacional de la vacuna A H1N1 y les presentamos que había prometido salud publica con estas nuevas 100 mil nuevas vacunas entregadas este domingo estas nuevas dosis serán repartidas a partir de este día lunes 13/06/2016.

Como todos ya sabemos en el primer trimestre del año fueron aplicadas a la población 500 mil vacunas que fueron aplicadas de manera muy rápida cuando un brote estacionario causo la muerte a 10 personas al contraer la enfermedad por gripe H1N1.

A través de este y otros medios las autoridades esperan que la población de alto riesgo acuda de forma ordenada a vacunarse para que de esta forma se pueda evitar la propagación de este brote epidemiológico para ello les dejamos la dirección donde se pueden aplicar las vacunas.

 

donde vacunarse

Dónde vacunarse en Montevideo y Canelones

  • Vacunaciones CHLA-EP: 18 de Julio 2175
  • CP Cerro Apex/CHLA: Carlos Ma Ramírez 1744
  • Cerrito de la Victoria /CHLA (Giordano): San Martín 3797
  • Sayago: Con Ariel 5018
  • La Teja/IMM: Carlos Ma Ramírez 881
  • Casabó/IMM: Charcas y Liberia
  • CMI Nº 1/ BPS: Japón 1715
  • CMI Maciel/ CHLA: 25 de Mayo 183
  • CMI Unión/CHLA: Vicenza 2815
  • Jardines del Hipódromo/CHLA: Malinas 3345
  • Piedras Blancas/CHLA: Capitán Tula 4145
  • Santa RitaMisurraco/CHLA: Enrique Castro 4149
  • Cruz de Carrasco/ASSE: Juan Agazzi 2737
  • Serv Médico Universal/IAMC: Millán3588
  • Casa de Galicia (sanatorio): Millán y Raffo
  • Casa de Galicia Central/IAMC: Colonia y Vázquez
  • UCM Belvedere: Carlos Ma Ramírez 90
  • Colón/IMM: Garzón 2101 bis
  • Boizo Lanza/ORG.OF: Pedro de Mendoza5553
  • Aquiles Lanza/IMM: Iquique 820 bis
  • Yucatán INVE 9 y 10/IMM: Yucatán 3785
  • Giraldés/IMM: Faros 6294bis
  • Punta de Rieles: Cno Maldonado 6870
  • Irma Gentile/IMM: Altamirano y Luis A de Herrera
  • Dr JJ Crotoghini: Marsella y Colorado
  • CHPR/ASSE: Bvar Artigas 1550
  • Salud y Biernestar Estudiantil/ ORG.OF: Agraciada 3253
  • Hosp. Policial: Bvar Batlle y Ordóñez 3574
  • Círculo Católico: Soriano 1724
  • GREMCA/IAMC: 8 de Octubre 2870
  • HOSPITAL MILITAR/ORG.OF: 8 de Octubre 3050
  • Hosp Británico/IAMC: Av Italia 2420
  • Hosp Evangélico/IAMC: Bvar Batlle y Ordóñez 2759
  • COSEM Pque Batlle/IAMC: Av Italia 2603
  • COSEM Malvin/IAMC: Av Italia 4206
  • COSEM Rodo/IAMC: 21 de Setiembre 2387
  • MP Golf/IAMC: Bvar Artigas 499
  • MP Carrasco/IAMC: Bolivia 1364
  • Seguro Americano/IAMC: Luis P Ponce
  • Dirección Sanidad: 25 de Mayo 269
  • C.P Las Piedras (CHLA): Lavalleja 585
  • C.P Canelones (CHLA): Cont Dr Soca 1073
  • C.P Sta Lucía: L A de Herrera y Chile
  • C.P Pando (CHLA): Hospital de Pando
  • Ciudad de la Costa (ASSE): García Arocena s/n
  • C.S.S Allende (CHLA): Cap Artigas (localidad)
  • Tala Hospital (ASSE): Trelles y Artigas
  • C.P Sauce (CHLA): V.Ponce de León s/n
  • C.P Toledo CHLA): Guissen y L A de Herrera

Fuente; Telenocheonline

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Solicitud de divorcio en Uruguay

1. Por las causas anunciadas en el artículo 148 de este Código.

2. Por el mutuo consentimiento de los cónyuges.

En este caso será necesario que los cónyuges comparezcan por escrito en el mismo acto y con asistencia letrada ante el Juez Letrado de su domicilio, a quien expondrán su deseo de separarse. El Juez decretará sin más trámite la separación provisoria de los cónyuges y las medidas provisionales que correspondan, fijando en ese acto audiencia con plazo de tres meses a fin de que comparezcan personalmente los cónyuges a manifestar que persisten en sus propósitos de divorcio. En dicha audiencia el magistrado tentará las medidas conciliatorias que estime convenientes y si estos no dieren resultados se fijará una nueva audiencia de comparendo también con plazo de tres meses, en la que de ratificarse la voluntad de ambos peticionantes se dará por terminado el procedimiento, decretándose sin mas trámite el divorcio previa resolución de los aspectos del artículo 167 precedente.

3. Por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges.
En este caso el solicitante deberá comparecer por escrito y con asistencia letrada ante el Juez Letrado de su domicilio, a quien expondrá su deseo de disolver el matrimonio.

El Juez fijará audiencia para celebrar un comparendo entre los cónyuges en plazo no mayor a los tres meses subsiguientes, en la que se intentará la conciliación, y se resolverá provisoriamente:

a) la situación de los hijos en los aspectos referidos por el artículo 167 precedente, si los hubiere;

b) la pensión alimenticia que eventualmente uno de los cónyuges deba suministrar al otro mientras no se decrete la disolución del vínculo;

c) la situación provisoria de los bienes dándose preferencia en la permanencia de la sede del hogar conyugal a quien quede con la tenencia de los menores.

Si no comparece el cónyuge contra quien se pide el divorcio, el Juez igualmente resolverá oídas las explicaciones del compareciente, sobre la situación provisional de los hijos, la pensión alimenticia y de la sede del hogar conyugal.

En todos los casos decretará la separación provisoria de los cónyuges y se fijará nueva audiencia con plazo de seis meses a la que se citará a ambos cónyuges.

En esta última audiencia de comparendo se intentará por el Tribunal nuevamente la conciliación entre ellos y comparezca o no el demandado, formule o no oposición, se decretará siempre el divorcio, en caso de no conciliarse, sea cual fuere la oposición de éste.

Siempre que el cónyuge que inició el procedimiento dejara de concurrir a alguna de las audiencias o comparendos prescritos en este numeral, se la tendrá por desistida.

Cada cónyuge tendrá derecho, desde el momento que se decrete la separación provisoria, a elegir libremente su domicilio.

Cuando el cónyuge que no ha pedido el divorcio no se le pudiera citar personalmente o estuviera ausente del país, el Juez lo citará por edictos y si no compareciese vencido el término del emplazamiento, se le nombrará defensor de oficio.

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